XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad

XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad

Se explican las novedades mas importantes que trajo el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad y en la situación que se está a fecha de diciembre de 2022.

El 4 de julio de 2019, el Gobierno publicó en el BOE el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Tenía un ámbito temporal del 1 de enero de 2019 hasta 31 de diciembre de 2021, excepto lo referente a las tablas salariales, que tenía carácter retroactivo a 1 de enero de 2019.

El complemento de desarrollo profesional (CDP) regulado en el XIV Convenio Colectivo fue sustituido por el complemento de desarrollo y capacitación profesional (ND), los conocidos N1 y N2.

Se incluía, por último, un tratamiento especial de la incapacidad temporal en los centros especiales de empleo y centros de atención especializada, ya que, a partir del momento de la publicación del convenio, se establecía la obligatoriedad de compensar al 100% la primera baja en el año natural del trabajador/a, en caso de enfermedad común o accidente no laboral.

Aquí puedes leer y descargar el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Se está negociando el XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad y, en reunión de la mesa negociadla celebrada el 2 de noviembre de 2022, se acordaron las tablas salariales para el período 2022-2024, de acuerdo a la sentencia 00135/2022 de la sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

La sentencia dice que para los centros centros especiales de empleo:

  • El salario base para el período 2022-2024 será de un incremento del 3,75% del salario base establecido en el XV convenio.
  • El complemento N1 será el 9,20% del salario base.
  • El complemento N2 será el 7,20% del salario base.

Se establece un plazo para el pago de los atrasos hasta el 30 de junio de 2023.


Publicado

en

por Paco Álvarez González