Qué ocurre cuando, estando de baja médica, llega la fecha de fin de contrato, ¿quién y cómo se nos paga la prestación por incapacidad temporal?
Cuando estamos de baja médica puede ser que expire el contrato por diferentes motivos, entre ellas una subrogación o, como es el caso que aquí se va a ver, que llegue la fecha de fin de contrato, entre otras.
Si finaliza el contrato mientras se está de baja por incapacidad temporal, se seguirá percibiendo la prestación económica de incapacidad temporal hasta la fecha del alta médica, pero se pasará a percibir la cuantía correspondiente a una prestación por desempleo.
Para ello la empresa nos tiene que rellenar correctamente el formulario que dejo en la sección de recursos para solicitar la prestación por incapacidad temporal.
Desde que recibe el alta médica, se tiene un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo.
El periodo de baja por incapacidad temporal, mientras el contrato haya estado en vigor, se tiene en cuenta como período de ocupación cotizada para acceder a las prestaciones por desempleo.
Si la incapacidad hubiera sido por contingencias comunes y correspondiese una prestación de nivel contributivo (por tener cotizados 360 días o más), el tiempo que va desde el fin de la relación laboral hasta el alta médica se descontará de la duración de la prestación.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cotizará también ese periodo por contingencias comunes, incluida jubilación, hasta el final de la prestación por desempleo.
Si la incapacidad hubiera sido por contingencias profesionales y le corresponde una prestación de nivel contributivo o una prestación de nivel asistencial o subsidio, el tiempo entre el fin del contrato y el alta médica no se descuenta de la prestación, ni el SEPE cotiza por dicho periodo.